Plan de curso –Syllabus-
AREA DE FORMACION SOCIO-HUMANISTICA
“HACIA LA CONSTRUCCION DE UN ACTOR
CRITICO SOCIAL”
|
B.
NRO. CRÉDITOS
|
C.
CÓDIGO
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D. HORAS DE
TRABAJO DIRECTO CON EL DOCENTE
|
E. HORAS DE
TRABAJO AUTÓNOMO DEL ESTUDIANTE
|
DERECHO AL
TRABAJO
|
3
|
55915
|
48
|
96
|
F. DEL NIVEL
|
G. ASIGNATURAS PRE-REQUISITOS
|
H. CÓDIGO
|
|
Técnico profesional
|
X
|
Constitución Política
|
55902
|
Tecnológico
|
|
|
|
Profesional
|
|
|
|
I. CORRESPONDE AL
PROGRAMA ACADÉMICO
|
Área de formación Socio-Humanística
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J. UNIDAD ACADÉMICA
QUE OFERTA LA ASIGNATURA
|
Área de formación Socio-Humanística
|
K. CORREO
ELECTRÓNICO DE LA UNIDAD QUE OFERTA
|
- DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE FORMACIÓN SOCIO
– HUMANÍSTICA
Se crea como respuesta a los
Decretos 2566 y resolución 3462 de 2003 emanados del Ministerio de Educación
Nacional, como una unidad académica que administrativamente agrupa las
asignaturas Electivas y básicas humanísticas del área de Formación
Socio-Humanística que, en opinión de la Institución, son pertinentes para la
formación integral de los estudiantes de
la Corporación Unificada Nacional de Educación Superior CUN.
Eje central área de
formación socio-humanística
Actor critico
social: Si consideramos que
las conductas sociales están determinadas por el lugar que los individuos, los
grupos o las categorías sociales ocupan en la organización social, entonces
será necesario aceptar la idea de que aquello que se denomina la sociedad posee
sus propios intereses y refuerza su integración y funcionamiento. Esta idea ha
encontrado dos expresiones concretas: o bien se piensa que el bien y el mal son
definidos por aquello que es funcional o disfuncional para la sociedad, es
decir que se define por su integración, por las conductas de sus miembros, o
bien se prefiere afirmar que la sociedad no es un sistema sino un conjunto de
medios dirigidos por una clase o una elite dirigente. Se trata de dos versiones
diferentes de lo que se puede denominar sociologismo, es decir, considerar que
el interés de la totalidad se impone a sus partes, como el cuerpo se impone a
los órganos en la concepción biológica tradicional.
La
afirmación principal alrededor de la cual se organiza el campo de la
ciencia social es que el actor y el
sistema no están en reciprocidad de perspectivas, para expresarlo en los
términos que utilizó Georges Gurvitch, - de quien muchas de sus obras
pertenecen a una inspiración muy diferente-, sino que por el contrario son
"extraños" uno respecto del otro. La idea misma de modernidad puede
ser definida por la separación del sistema y el actor, en tanto que el universo
pre-moderno, es decir el universo religioso, se definía por la unidad de las
leyes del sistema y de la voluntad del actor, más aun si se reconoce que el
mundo fue creado por un Dios racional. Por el contrario la modernidad afir ma
la separación de: i) el mundo exterior y el interior del hombre, ii) la ciencia
y la conciencia, iii) las leyes de la conciencia y las leyes de la moral. Las
sociedades modernas no han podido existir si no es en la medida en que ponen en
funcionamiento un principio de integración o de control de esos dos universos,
principio que fue casi siempre la afirmación de lo político como creador de lo
social, definiendo lo político por la soberanía popular y el contrato social.
Este papel integrador de lo político ha tomado formas diferentes según el tipo
de sociedad.
Si
bien es cierto que en todas las épocas, en particular en el siglo XIX, se han
desarrollado ideologías de tipo positivista o utilitarista que buscan
identificar el actor y el sistema, la sociología se constituyó como disciplina
a finales de ese siglo gracias al reconocimiento hecho por Durkheim, en primer
término, de los efectos negativos de la desintegración de las normas y de la
desorientación de los actores en la sociedad moderna, y luego con Weber
reconociendo el papel de las convicciones y de las creencias en la
transformación de la vida económica. Que se oponga la voluntad de poder a la
moral social como lo hizo Nietszche, o el deseo a la ley como lo hizo Freud, el
pensamiento que se constituyó en la segunda mitad del siglo XIX ha reconocido esta
separación e incluso la oposición de estos dos niveles, tanto para oponer el
individualismo a la idea de integración social, como para apoyar la resistencia
de las naciones y las culturas concretas al universalismo abstracto de la vida
económica.
El
ser humano no fue entonces considerado más que como un ser social, un homo
sociologims, integrado en un sistema de normas institucionalizadas o
movilizado por la lucha de clases o una lucha nacional contra la dominación
económica o política.
Pero,
desde hace unos veinticinco años, son las sociologías del actor las que
triunfan sobre las sociologías del sistema, bien sea bajo la forma del análisis
de la elección racional, o bien bajo la forma de una sociología del Sujeto y,
más concretamente, de un nuevo llamado a los Derechos del Hombre cada vez más
alejados de los simples deberes del ciudadano.
Más
importante aún es que el estudio de los determinantes sociales, es decir de la
explicación de los comportamientos por el lugar que ocupan los actores en la
organización social y, en particular, en sus diversas jerarquías, continua
siendo indispensable, aun si cada vez aporta menos una explicación
satisfactoria de las conductas observadas.
Entre
más se ejerza la acción de la sociedad sobre ella misma, más aumenta la
capacidad de la sociedad y de sus dirigentes para determinar la conducta de sus
miembros y la capacidad de los actores de actuar sobre su vida en función de
sus propias convicciones, tanto como en virtud de su libertad, de su dignidad,
de su identidad y de las comunidades a las que consideran pertenecer.
No
es acertado decir que cada vez estamos más manipulados por la sociedad, en
particular por la producción, el consumo y los medios de comunicación de masas,
porque por nuestras reivindicaciones hemos transformado las condiciones de
producción, hemos ampliado nuestra libertad de opciones y hemos debilitado cada
vez más las normas del espacio social en el que vivimos, lo que algunos llaman
de una manera favorable "la tolerancia" y otros, de manera negativa,
la anomia o el laxismo. Tampoco podemos aceptar que la organización económica,
social y cultural esta naturalmente al servicio de nuestra voluntad de ser
libres y responsables.
La
vida social no está hecha más que de interacciones, conflictos y compromisos
entre los tres grandes enfoques que han sido definidos antes. No es suficiente
situar los tres puntos de un triángulo; es necesario estudiar todo el espacio
que crean sus intersecciones, que es lo que el trabajo sociológico ha hecho
desde hace mucho tiempo, en particular en el campo de la sociología de las
organizaciones que rápidamente se ha separado de la idea de racionalización
para estudiar las complejas relaciones que existen entre el enfoque
utilitarista, el enfoque crítico y el descubrimiento de proyectos y de
sufrimientos en los actores. Se puede evocar también la sociología de los
movimientos sociales de la que los debates sin fin se podrían eliminar si se
reconoce la diferencia de los tres objetos de investigación y de los tres
enfoques antes anotados: la búsqueda colectiva del interés individual, la
crisis de un sistema de dominación y de su forma institucional y, finalmente,
lo que se puede denominar los movimientos societales, es decir, la
confrontación de actores por la dirección social de las principales
orientaciones culturales.
M. PERFIL ACADÉMICO DEL DOCENTE
Profesional del Derecho especializado
en áreas jurídicas
El acto educativo realizado por el maestro
del Área de Socio-humanística debe concebirse al decir de Freire no como un simple
proceso de transferencia de conocimientos, sino como un acto que busca a través
de la praxis, la reflexión y la acción en el mundo para transformarlo. Es un
acto educativo, de comunicación que permite problematizar al mundo y en
consecuencia un acto de liberación con el conocimiento. Educadores y
estudiantes inmersos en la realidad y mediatizados con ella que construyen
conocimientos nuevos, pertinentes y relevantes a la sociedad y al Estado social
de derecho que pretendemos construir.
N. IMPORTANCIA DE ESTA ASIGNATURA EN EL
PROCESO DE FORMACIÓN
En Colombia los derechos y deberes laborales parten de la
aplicación de los conceptos y normas jurídicas del Derecho laboral colombiano
tanto en el sector público como en el sector privado y es en este último donde
radica el interés central de la asignatura como herramienta para la solución de
problemas derivados del contrato laboral. El trabajo es, entonces un derecho y
obligación social del ser humano, de esta manera, debe conceptuarse que todas
las constituciones reafirman la existencia del estado, con base en el trabajo;
y la constitución política colombiana confirma el principio de que Colombia es
un estado social de derecho, fundada en el trabajo, ideas que refieren a la constitucionalización
del Derecho del trabajo.
Ñ. AL FINALIZAR EL CURSO EL ESTUDIANTE ESTARÁ
EN CONDICIONES DE
Observar su entorno y
preguntarse: Cómo analizo, interpreto y aplico la norma del Derecho del trabajo
en un contexto empresarial e individual para mantener el equilibrio, la igualdad
y la justicia en las relaciones laborales y cumplir los fines de la empresa y
así los fines del Estado.
O. PROBLEMAS
QUE DETERMINAN EL PROPÓSITO DE FORMACIÓN EN LA ASIGNATURA
1. ¿Porque es importante conocer las fuentes y
principios constitucionales que regulan las relaciones laborales en Colombia?
2. ¿Cómo se determina cuando existe un contrato
laboral?
3. ¿Qué es el salario mínimo y sus diferentes
modalidades de pago, que lo constituye y si
cubre este las necesidades básicas de un colombiano?
4. ¿Qué es la ley de acoso laboral y como protege al
trabajador frente a la dignidad y el trabajo decente?
5. ¿Cuáles son las prestaciones sociales que reconoce
al trabajador dentro de un contrato laboral
nuestra legislación laboral colombiana y si las mismas se reconocen en
los contratos laborales?
6. ¿Cómo dentro de un contrato laboral se cumplen o no las
obligaciones y prohibiciones de las partes?
P. COMPETENCIAS
Cognitivas: Conocer
la evolución e importancia del Derecho al trabajo como ciencia y rama del
Derecho. El estudiante deberá adquirir conocimientos para interpretar,
argumentar, y proponer aplicación de las normas laborales en las relaciones de
trabajo.
Comunicativas:
Capacidad para expresarse con el lenguaje técnico jurídico. Desarrollar capacidad
para manejo y aplicación de conceptos
jurídicos básicos en el campo laboral.
Valorativas:
Implementar los valores éticos en el desempeño profesional y en el ejercicio de
la vida. Motivar al estudiante en su formación integral para ser competitivo en
el ámbito empresarial.
Q. PLAN DE TRABAJO
Planeación del proceso de formación
|
|||
Sesión
|
Propósitos de formación
|
Acciones a desarrollar
|
Tiempos de trabajo por créditos: tutoría,
trabajo autónomo, trabajo colaborativo
|
1
|
Presentación
de la materia, lectura y explicación del syllabus, Socialización protocolos,
en general acuerdos que se lleguen con los estudiantes.
|
Presentación
del profesor. Presentación de los estudiantes. Socialización y entrega del
Syllabus. Reglas de juego de la Clase
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
2
|
Introducción al
Derecho al Trabajo
|
Clase magistral con
la bibliografía que el docente imparta para el tema a desarrollar ( Ver
numeral T al final)
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
3
|
Definición de las
fuentes y principios, principios que rigen el Derecho laboral colombiano
|
Clase magistral con
la bibliografía que el docente imparta para el tema a desarrollar ( Ver
numeral T al final)
Taller en clase
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
4
|
Normas laborales
para el sector privado
|
Clase magistral con
la bibliografía que el docente imparta para el tema a desarrollar ( Ver
numeral T al final)
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
5
|
Definición de
contrato de trabajo , elementos esenciales
|
Trabajo en grupo
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
6
|
PRIMER PARCIAL
|
Evaluación escrita
|
|
7
|
Modalidades del
contrato
|
Clase magistral
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
8
|
Obligaciones de las
partes en general
|
Clase magistral
Taller
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
9
|
Prohibiciones de
las partes
|
Clase magistral
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
10
|
Causales
terminación del contrato de trabajo , causales de suspensión del contrato de
trabajo
|
Clase magistral
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
11
|
SEGUNDO PARCIAL
|
|
|
12
|
Contrato de trabajo
con Determinados trabajadores
|
Clase magistral
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
13
|
Salarios: Historia,
Definición, Clases
|
Exposiciones
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
14
|
Prestaciones
sociales, jornada de trabajo
|
Exposiciones
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
15
|
Ley acoso laboral
|
Clase magistral
|
Presencial: 2 horas
Trabajo autónomo: 2
horas
Trabajo
colaborativo: 2 horas
|
16
|
EXAMEN FINAL
|
Evaluación Oral o
Escrita
|
|
R. SISTEMA DE EVALUACIÓN
Debe estar
directamente relacionado con la metodología, los acuerdos pedagógicos entre
docente y educando al inicio del curso y lo consagrado en el reglamento
estudiantil.
S. CALIFICACIÓN
Prueba
parcial 1
|
Prueba parcial 2
|
Prueba final
|
-
Evaluación principal:
-
Criterios de evaluación: Talleres, quiz, ensayos, análisis sentencias
|
-
Evaluación principal:
-
Criterios de evaluación:
Talleres, quiz, ensayos, análisis sentencias
|
-
Evaluación principal:
-
Criterios de evaluación:
Talleres, quiz, ensayos, análisis sentencias
|
Total 30%
|
Total 30%
|
Total 40%
|
T. BIBLIOGRAFÍA Y CIBERGRAFÍA
1.
Gómez Escobar, Sehir Legislación laboral Teoría y practica..
Ediciones Mc Graw Hill. 2.010.
2.
Cadavid Gómez, Ignacio Cartilla del trabajo
2013. Editorial sello. Universidad de medellin.
3.
Código sustantivo del trabajo.
4.
Constitución política de Colombia.
5.
Cartilla Laboral. Editorial legis
correspondiente al año en curso.
6.
Jurisprudencias Ministerio de Trabajo: https://www.mintrabajo.gov.co/
7.
Jurisprudencias corte constitucional : https://www.corteconstitucional.gov.co/
NOMBRE DEL DOCENTE: MARIBEL
PATRICIA RODRIGUEZ MARQUEZ
EMAIL INSTITUCIONAL: Maribel_rodriguez@cun.edu.co
DESARROLLADO POR
|
VALIDADO POR
|
APROBADO POR
|
FECHA
|
MARIBEL PATRICIA RODRIGUEZ MARQUEZ
|
|
ORLANDO MISAS MUÑOZ
DIRECTOR SOCIO-HUMANÍSTICA
|
DICIEMBRE 2013
|
OFERTA ACADÉMICA
SOCIO – HUMANÍSTICA. 

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